Según un relevamiento de BTR Consulting, al menos el 62% de las compañías medianas y grandes en Argentina han implementado listas negras de apps prohibidas en dispositivos corporativos. En muchos casos, estas decisiones fueron motivadas por filtraciones de datos, malas prácticas internas o recomendaciones de áreas de ciberseguridad.
Prohibida en múltiples organizaciones por su origen chino, su recolección masiva de datos y el escaso control sobre la información almacenada en sus servidores.
Empresas como YPF, grupos bancarios y entidades reguladas por la CNV ya desaconsejan o impiden su instalación en teléfonos de uso corporativo.
TikTok ha sido prohibida también en gobiernos de EE.UU., Canadá y la Unión Europea, lo que refuerza su perfil de “aplicación de alto riesgo”.
Aunque se percibe como más segura por su anonimato, la falta de cifrado de extremo a extremo por defecto y la capacidad ilimitada de almacenamiento en la nube generan preocupación en sectores sensibles como finanzas, legal y tecnología.
Algunas aseguradoras, entidades gubernamentales y estudios jurídicos bloquean la app en redes internas.
En ciertos entornos, la versión web es restringida para evitar la fuga de documentos confidenciales y comunicaciones comerciales.
Aunque WhatsApp aplica cifrado de extremo a extremo en dispositivos móviles, el entorno de escritorio puede ser vulnerable si se accede desde dispositivos no gestionados.
Aplicaciones como AZ Screen Recorder, Mobizen, Cube ACR o Call Recorder son frecuentemente bloqueadas por su capacidad de registrar reuniones, llamadas o sesiones sin consentimiento, lo que implica riesgos legales y reputacionales.
También son vetadas en empresas con protocolos de compliance o normativas de protección de datos personales.
Dropbox, Google Drive y WeTransfer, especialmente en sus versiones gratuitas, son limitadas o bloqueadasen empresas que necesitan control total sobre la trazabilidad, encriptación y auditoría de archivos sensibles.
Se privilegian alternativas como Microsoft OneDrive (versión enterprise) o soluciones de almacenamiento privadas integradas al MDM (Mobile Device Management).
Actualmente, no existe una ley nacional en Argentina que regule qué aplicaciones pueden utilizarse en el trabajo, aunque existen marcos indirectos como la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326) y normas ISO de seguridad de la información que muchas empresas adoptan voluntariamente.
Por eso, la mayoría de las restricciones se definen en las políticas internas de TI, y están supervisadas por áreas legales, de recursos humanos y ciberseguridad. Algunas empresas, incluso, lo incluyen en los contratos de trabajo.
Compañías como Globant, Mercado Libre, Despegar y bancos digitales ya adoptaron plataformas de administración de dispositivos móviles (MDM), que permiten:
Monitorear y controlar remotamente qué apps pueden instalarse.
Bloquear accesos a plataformas no autorizadas según geolocalización, tipo de red o perfil del usuario.
Eliminar datos corporativos en caso de pérdida, robo o desvinculación laboral.
Algunas soluciones utilizadas en el país incluyen VMware Workspace ONE, Microsoft Intune, Jamf, y sistemas propios desarrollados por áreas de IT internas.
La tendencia indica que en los próximos años veremos:
Mayor adopción de software corporativo propio o regional (latinoamericano) para mensajería y gestión de archivos.
Capacitación obligatoria en seguridad digital para empleados, especialmente en entornos híbridos.
Aumento de auditorías y controles cruzados entre equipos de ciberseguridad y recursos humanos.
Revisión periódica de apps “grises” o de uso mixto (personal/laboral) como Discord, Slack gratuito o Zoom en versiones no corporativas.
En un contexto donde el activo más valioso de una empresa es su información, gestionar qué aplicaciones se permiten en el entorno de trabajo es tan importante como proteger una cuenta bancaria o una identidad digital. La ciberseguridad dejó de ser un asunto técnico y pasó a ser una cuestión estratégica para la supervivencia corporativa.