
La Cámara de Diputados de la Nación ha recibido un proyecto de ley crucial para abordar el desafío de la tecnología en el ámbito escolar: la creación del Programa Nacional de “Uso responsable de la Inteligencia Artificial en el ámbito educativo” (ResponsabIA).
Este programa, que operará bajo la órbita de la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano, tiene como metas principales la alfabetización en Inteligencia Artificial, la maximización del aprovechamiento tecnológico, el uso asertivo de la digitalización en la educación, y la prevención de sus limitaciones y posibles riesgos.
El Programa ResponsabIA está destinado a la totalidad de los actores que componen la comunidad del sistema educativo nacional, incluyendo a educandos, cuerpos docentes, directivos, demás roles institucionales y a las familias, tanto de establecimientos de gestión estatal como privada, con un énfasis particular en los niveles primario y secundario.
La autora del proyecto, la diputada Gisela Marziotta, enfatizó en los fundamentos la urgencia de esta medida frente a la rápida evolución tecnológica."La difusión masiva y el creciente poder de las tecnologías de Inteligencia Artificial afectan derechos fundamentales tales como la privacidad, la igualdad, y la libertad de expresión", afirmó la legisladora, subrayando la necesidad de que las leyes nacionales impulsen la creación de estrategias educativas y programas escolares que fomenten la alfabetización en IA y el pensamiento crítico desde la niñez.

Marziotta señaló que la formación es esencial para proteger los derechos humanos en la era digital, dado que los sistemas de IA pueden reproducir y amplificar sesgos negativos que favorecen conductas de discriminación. En este sentido, la diputada explicó: "Una población con formación permite detectar dichos sesgos y proteger derechos humanos básicos".
Además, resaltó el impacto en la equidad: los programas públicos de educación, impulsados por ley, pueden "promover el acceso equitativo a competencias de IA, tanto conceptuales como prácticas, evitando que los sectores más vulnerables sufran discriminación tecnológica".
El proyecto de ley se alinea con la agenda global, haciendo notar que Argentina, como Estado miembro, debe incorporar medidas educativas en sintonía con las normativas internacionales. "Organismos internacionales como UNESCO, OCDE, y la Unión Europea ya colocan a la educación y la ‘alfabetización en IA’ como un pilar de las políticas públicas en IA”, destacó.

Los objetivos centrales de ResponsabIA incluyen:
La visión del programa trasciende la mera instrucción técnica. "No se trata solo de enseñar a programar modelos, sino de formar ciudadanos críticos", que comprendan qué es el modelo, cómo se entrenan, qué limitaciones y sesgos tienen, qué significan las métricas y cómo interpretar las salidas. La formación docente continua es subrayada como un punto de inflexión.
La autora del proyecto enfatizó el rol crucial del educador: "Un docente que entiende los riesgos y usos de la IA actúa como mediador y garantiza una adopción pedagógica responsable en el aula, evitando la delegación indiscriminada de la evaluación a 'herramientas' sin supervisión humana".
Entre las acciones estratégicas que se desarrollarán a nivel nacional se encuentran la creación de un laboratorio de Inteligencia Artificial en el ámbito educativo y la construcción de una plataforma integral de innovación educativa y gestión de aprendizajes para asistir a los docentes.
Por su parte, las jurisdicciones deberán implementar líneas prioritarias como la formación docente y estudiantil a través de talleres y cursos, la creación de centros jurisdiccionales de innovación, y la integración de las ciencias de la computación en la planificación y evaluación institucional.
La ley contempla una aplicación inmediata debido al desarrollo desigual que el uso responsable de la IA tiene en los diversos ámbitos educativos del país. Se requerirán medidas urgentes por parte de la Secretaría de Educación de la Nación, la cual deberá establecer un plan integral y de largo plazo en un plazo de ciento ochenta días.