El proyecto, identificado como Mensaje N° 181/2026 plantea una ruptura respecto del RIGI original sancionado en julio de 2024 como parte de la Ley Bases. Mientras aquel régimen habilitó inversiones en sectores existentes a partir de los 200 millones de dólares, el Súper RIGI eleva el umbral a mil millones y restringe su aplicación exclusivamente a actividades que hoy directamente no existen en el país —o que se encuentran en estado experimental— bajo el concepto de "nuevas actividades económicas".
El Gobierno busca que el régimen atraiga proyectos que generen una transformación estructural en la base productiva argentina, no la expansión de industrias ya instaladas. En la práctica, eso significa semiconductores, Inteligencia Artificial, biotecnología avanzada, centros de datos de escala global e infraestructura cloud. El mensaje enviado al Congreso lo dice sin rodeos: "la República Argentina carece de un marco normativo que brinde los incentivos y la certeza jurídica necesarios para que inversiones de tal magnitud y riesgo se radiquen en el país con el propósito de desarrollar industrias que hoy no existen".

Los números del paquete de incentivos son, en efecto, difíciles de igualar en la región. El Impuesto a las Ganancias para los Vehículos de Proyecto Único —las sociedades de propósito específico que deben constituirse para adherirse al régimen— queda fijado en el 15%, contra el 35% de la alícuota general. Los dividendos tributan al 7% durante los primeros cuatro años y al 3,5% a partir del quinto, una tasa que convierte a la Argentina en una de las jurisdicciones más competitivas del mundo en esa materia para este tipo de inversiones.
A eso se suma la amortización acelerada de activos: los bienes muebles pueden amortizarse en apenas dos cuotas anuales, mientras que las obras de infraestructura permiten deducir el 60% en el año de habilitación y el 40% restante en dos cuotas. Los quebrantos impositivos no tienen límite temporal y, después de cinco años, pueden transferirse a terceros. El IVA sobre las inversiones en activos computables se cancela mediante Certificados de Crédito Fiscal. Las importaciones y exportaciones vinculadas al proyecto están exentas de derechos. Las contribuciones patronales sobre nuevas relaciones laborales se unifican en una alícuota del 10%.
En el plano cambiario, el régimen establece un esquema escalonado: el VPU puede disponer libremente del 20% de las divisas exportadas al cabo del primer año desde la primera exportación, el 40% al segundo y el 100% a partir del tercero. Los aportes de capital y financiamientos vinculados al proyecto quedan directamente exceptuados de la obligación de ingreso y liquidación en el mercado de cambios.

La pieza central del diseño jurídico es la estabilidad normativa por 30 años. Desde la Fecha de Adhesión —que es la notificación del acto administrativo de aprobación del plan de inversión—, el VPU adquiere un derecho asimilable al de propiedad sobre los incentivos recibidos. Ninguna reforma tributaria, aduanera, cambiaria o de seguridad social posterior puede afectarlos, salvo que sea más favorable para el inversor.
El proyecto va incluso más lejos. Consagra que las normas o vías de hecho emanadas por jurisdicciones adheridas que limiten o desnaturalicen esos derechos serán "nulas de nulidad absoluta e insanable" y habilita el arbitraje internacional —incluyendo el CIADI, la Corte Permanente de Arbitraje y la Cámara de Comercio Internacional— para resolver disputas entre el Estado y los inversores, con sede fuera del territorio nacional y árbitros que no pueden ser nacionales argentinos.
Los derechos adquiridos bajo el Súper RIGI se consideran, adicionalmente, inversiones protegidas en el sentido de los tratados bilaterales de inversión vigentes, lo que abre la puerta a la responsabilidad internacional del Estado ante cualquier vulneración.
¿Quiénes son los destinatarios concretos de este régimen? El Gobierno no lo dice en el articulado, pero el mensaje al Congreso es elocuente. En el universo de empresas con capacidad de comprometer inversiones superiores a los mil millones de dólares en actividades de Inteligencia Artificial, semiconductores e infraestructura digital aparecen nombres como NVIDIA, OpenAI, Microsoft, Amazon Web Services, Google, Oracle, Intel, TSMC o Huawei, además de fondos internacionales especializados en infraestructura energética y digital.
Argentina dispone de algunos activos que la hacen competitiva en ese segmento: abundancia de energía —gas natural, hidráulica y potencial renovable—, disponibilidad de agua para la refrigeración de centros de datos, capital humano técnico de calidad y una posición geográfica que la convierte en plataforma natural para el sur del continente. El costo energético, históricamente bajo, es un diferencial relevante para proyectos que demandan enormes volúmenes de electricidad, como los centros de datos para Inteligencia Artificial.

Uno de los aspectos más complejos del diseño es la condición de federalismo cooperativo que introduce el proyecto. Para que un VPU pueda acceder a los incentivos nacionales, la provincia donde se localice el proyecto debe adherirse expresamente al régimen. Y esa adhesión implica compromisos concretos: no imponer nuevos gravámenes locales más allá de tasas retributivas por servicios efectivamente prestados, aplicar Ingresos Brutos a una alícuota máxima del 0,50%, eximir al VPU del Impuesto de Sellos, renunciar a regalías y cánones, y no exigir el pago previo como requisito de admisibilidad en recursos administrativos o judiciales.
Si una provincia no adhiere, los proyectos localizados en su territorio quedan fuera del régimen. Es un mecanismo de presión institucional implícito, pero también un factor de riesgo: si provincias con recursos estratégicos —Neuquén para la energía de Vaca Muerta, Buenos Aires para la infraestructura de conectividad, Mendoza o San Juan para la disponibilidad de agua— demoran o condicionan su adhesión, la efectividad del régimen puede quedar comprometida.
Los riesgos que el Congreso deberá evaluar
El proyecto no está exento de tensiones técnicas que el Congreso deberá debatir. La más delicada es la compatibilidad del régimen con el Pilar Dos de la OCDE, el impuesto mínimo global del 15% que las grandes multinacionales deben tributar en cualquier jurisdicción donde operen, independientemente de los incentivos locales. El artículo 45 del proyecto lo reconoce: si los beneficios del Súper RIGI generan una transferencia de ingresos fiscales al exterior vía reglas de inclusión o de pagos a baja tributación, los incentivos se suspenden en esa medida. Es técnicamente correcto, pero introduce una capa de incertidumbre que los asesores fiscales de las multinacionales deberán modelar caso por caso.
También merece atención el costo fiscal del régimen. La combinación de Ganancias al 15%, exención de derechos de importación y exportación, contribuciones patronales reducidas y estabilidad cambiaria por 30 años implica una renuncia fiscal de difícil cuantificación en el largo plazo. El Gobierno apuesta, razonablemente, a que la generación de actividad nueva compense con creces esa renuncia: proyectos que hoy no existen no tienen costo de oportunidad fiscal respecto del presente.
Finalmente, la habilitación del arbitraje internacional para un universo amplio de derechos y durante tres décadas aumenta significativamente la exposición del Estado a reclamos de largo aliento. La experiencia argentina con el CIADI —que acumuló más de 60 casos entre los años 2000 y 2015— pesa sobre cualquier evaluación de ese punto.

El empleo que promete el régimen
El mensaje oficial insiste en que el Súper RIGI no es solo una herramienta de captación de capital: es una política de empleo de alta complejidad. Los VPU están obligados a informar el empleo directo e indirecto estimado como parte del plan de inversión, con detalle de integración local.
Los perfiles que el régimen podría traccionar van desde ingenieros en software, especialistas en IA, científicos de datos y arquitectos cloud hasta técnicos electricistas, operarios de centros de datos, especialistas en redes y fibra óptica y personal de logística industrial. En el plano de los servicios profesionales, la demanda de abogados especializados en tecnología e inversiones, consultores ambientales y especialistas en comercio exterior podría ser significativa.
El impacto real, sin embargo, dependerá del tipo y escala de los proyectos que finalmente se radiquen. Un centro de datos de escala hiperscale genera empleo altamente calificado durante la construcción y un número más reducido, pero muy especializado, durante la operación. Una planta de fabricación de semiconductores, en cambio, podría generar empleo de mayor volumen y menor concentración en perfiles de alta formación.
El Súper RIGI se inscribe en una carrera global que ya está en marcha. Estados Unidos, India, Arabia Saudita, los Emiratos Árabes Unidos, Polonia, España y varios países de América Latina compiten por atraer las inversiones masivas en infraestructura de inteligencia artificial que las grandes empresas tecnológicas están desplegando a escala planetaria. Microsoft anunció inversiones por más de 100 mil millones de dólares en infraestructura de IA para los próximos años. NVIDIA construye relaciones con gobiernos de todo el mundo para asegurar mercados para sus chips. Google y Amazon invierten en centros de datos en jurisdicciones que combinan energía barata, estabilidad regulatoria y conectividad.
Argentina llega tarde a esa carrera, pero no necesariamente fuera de tiempo. La ventana de inversión en infraestructura de IA probablemente permanezca abierta durante la próxima década. El Súper RIGI es la apuesta del Gobierno para que el país entre en esa ventana con un instrumento que, al menos en el papel, es competitivo en términos internacionales.