El presidente Javier Milei escribió hoy 4 de junio una columna de opinión en el diario Financial Times sobre los futuros beneficios que el gobierno piensa otorgar al sector tecnológico.
Entre otros aspectos, Milei destaca que construirá "una nueva categoría societaria en el derecho argentino: la corporación no humana. Se trata de entidades operadas por agentes de IA o robots. Cuando estos sistemas ejercen juicio independiente en entornos impredecibles, como necesariamente deben hacerlo para ser realmente útiles, sus acciones implican riesgos reales. La responsabilidad limitada no es un lujo para estas entidades; es una condición previa para su existencia. Los accionistas humanos podrán participar, pero no serán necesarios".
Las naciones que lideran la investigación, inversión y adopción de Inteligencia Artificial llevan años analizando los desafíos legales asociados a los sistemas autónomos sin haber avanzado hacia un reconocimiento jurídico de este tipo.
Estados Unidos, China, el Reino Unido, Japón, Corea del Sur, Singapur y los países de la Unión Europea concentran buena parte de la infraestructura global de IA, los principales centros de investigación y las empresas más avanzadas del sector. Sin embargo, ninguno de ellos ha implementado una figura legal que permita a una Inteligencia Artificial constituir, administrar o representar por sí sola una empresa con derechos y obligaciones propios.
La razón principal es que la existencia de una corporación no humana plantea problemas que hoy el derecho comercial, el derecho societario y los sistemas regulatorios no logran resolver de manera satisfactoria.
El primero es la responsabilidad. Cuando una empresa toma una decisión incorrecta, genera daños económicos, incumple contratos o viola una norma, siempre existe una persona o un conjunto de personas identificables que pueden responder ante la ley. En una entidad operada exclusivamente por inteligencia artificial surge una pregunta elemental: ¿quién responde cuando la IA se equivoca?
La cuestión se vuelve aún más compleja en materia patrimonial. Los sistemas jurídicos modernos se construyeron sobre la base de sujetos capaces de asumir obligaciones, administrar activos, responder ante acreedores y someterse a controles estatales. Una Inteligencia Artificial carece de patrimonio propio, no puede ser sancionada penalmente y tampoco posee voluntad jurídica en los términos reconocidos por los ordenamientos actuales.
La experiencia internacional demuestra que incluso las iniciativas más avanzadas se mantienen lejos de ese escenario. El caso más citado suele ser el de Sophia, el robot humanoide que recibió la ciudadanía de Arabia Saudita en 2017. Sin embargo, aquella decisión tuvo un carácter principalmente simbólico y nunca derivó en un marco legal que otorgara capacidad empresarial, comercial o contractual autónoma a la máquina.
Algo similar ocurrió en Europa. Durante varios años el Parlamento Europeo debatió la posibilidad de crear una figura denominada “persona electrónica” para sistemas altamente autónomos. La propuesta buscaba explorar mecanismos de asignación de responsabilidades en escenarios futuros, pero finalmente nunca se transformó en legislación efectiva debido a las críticas de académicos, juristas y especialistas en tecnología.

Incluso en Estados Unidos, donde existen los marcos regulatorios más innovadores para empresas tecnológicas y organizaciones descentralizadas, las experiencias más avanzadas continúan requiriendo responsables humanos identificables. Las llamadas DAO (Organizaciones Autónomas Descentralizadas), reconocidas en algunos estados como Wyoming, pueden operar mediante software y contratos inteligentes, pero siguen existiendo dentro de estructuras legales que permiten determinar responsables, administrar patrimonio y cumplir obligaciones regulatorias.
La ausencia de corporaciones no humanas en los ecosistemas tecnológicos más sofisticados del planeta también ofrece una señal relevante desde el punto de vista empresarial. Si esta figura resultara jurídicamente viable, económicamente eficiente y comercialmente conveniente, probablemente ya habría sido adoptada por los países que lideran la revolución de la Inteligencia Artificial.
Las grandes empresas tecnológicas invierten cientos de miles de millones de dólares en investigación y desarrollo. Compañías como OpenAI, Anthropic, Google, Microsoft, Meta o Nvidia operan en entornos regulatorios donde existe una enorme presión para reducir costos y aumentar eficiencia. Sin embargo, ninguna de ellas impulsa actualmente estructuras corporativas administradas exclusivamente por IA sin supervisión humana.
La razón es simple: la confianza sigue siendo un activo central de la economía moderna. Los mercados financieros, los inversores, los consumidores y los Estados necesitan identificar responsables cuando se producen errores, conflictos o daños. Sin esa capacidad de atribución, el funcionamiento mismo del sistema económico comienza a perder previsibilidad.
La discusión sobre la autonomía creciente de la Inteligencia Artificial es legítima y seguramente ocupará un lugar cada vez más importante en las agendas regulatorias del mundo. Sin embargo, el reconocimiento jurídico de corporaciones no humanas sigue siendo, por ahora, una hipótesis teórica mucho más cercana a los debates académicos que a las políticas públicas efectivamente implementadas.
La evidencia internacional muestra que las principales potencias tecnológicas avanzan en regulación, gobernanza, transparencia y responsabilidad sobre la IA. Lo que todavía no han hecho es reemplazar a las personas como sujetos jurídicos centrales de la actividad económica. Y ese dato, más que cualquier declaración política, permite dimensionar la distancia que aún existe entre la capacidad tecnológica de la Inteligencia Artificial y la posibilidad de convertirla en una entidad legal autónoma.