GOBIERNO

Publicado 26/08/2026

Chaco promulgó una ley contra los deepfakes sexuales: multas de hasta $7,5 millones

La norma sanciona la creación y difusión sin consentimiento de contenidos íntimos manipulados mediante inteligencia artificial. También establece hasta 120 días de arresto.
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La norma sanciona la creación y difusión sin consentimiento de contenidos íntimos manipulados mediante inteligencia artificial. También establece hasta 120 días de arresto.

Chaco promulgó la Ley 4250-J, que incorpora al Código de Faltas provincial sanciones contra la creación y difusión de imágenes, videos y audios íntimos o sexuales manipulados mediante inteligencia artificial.

La iniciativa fue impulsada por la diputada Magda Ayala, unificada con una propuesta del legislador Iván Gyöker y promulgada por el gobernador Leandro Zdero mediante el Decreto 1957/2026.

La norma establece multas de hasta 15 salarios mínimos, equivalentes a unos $5.649.000, para quienes creen este tipo de contenido sin consentimiento. Cuando el material sea difundido, la sanción puede llegar a 18 salarios mínimos —aproximadamente $6.778.800— o 90 días de arresto.

En los casos agravados, las penas alcanzan los 20 salarios mínimos, cerca de $7.532.000, o hasta 120 días de arresto. Los agravantes se aplican cuando la víctima es menor de edad, una persona mayor, tiene una discapacidad o se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad. También cuando existe una relación familiar, afectiva, educativa o laboral, o cuando el contenido se utiliza para hostigar, intimidar, extorsionar o ejercer violencia de género.

 

 

La ley permite que un juez ordene en un plazo máximo de 24 horas el bloqueo o eliminación preventiva del contenido, la preservación de la evidencia digital, la prohibición de contacto con la víctima y una aclaración pública que informe que el material difundido era falso.

La legislación no comprende automáticamente cualquier meme, parodia o montaje. Su foco está puesto en los contenidos íntimos o sexuales creados sin consentimiento y en la suplantación de identidad con fines perjudiciales. También protege expresamente la actividad periodística, académica, científica, artística y de interés público.

Catamarca avanza con un proyecto similar que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados provincial. La Ciudad de Buenos Aires, por su parte, sanciona desde 2019 la difusión no autorizada de imágenes íntimas, aunque su legislación no contempla específicamente los deepfakes.

 

 

A nivel nacional está vigente la Ley Olimpia 27.736, que reconoce la violencia digital contra las mujeres y permite ordenar la eliminación de material íntimo real o editado. Sin embargo, no establece un delito penal específico ni penas de prisión por la creación de deepfakes sexuales.

En el Congreso existen varios proyectos para modificar el Código Penal. Entre ellos se encuentra la Ley Belén, que busca castigar la producción y difusión de contenidos sexuales manipulados mediante inteligencia artificial. Otras iniciativas proponen penas de hasta seis años de prisión y multas de hasta 100 salarios mínimos, pero todavía ninguna fue convertida en ley.

Hasta el momento, Chaco aparece como la provincia con la regulación más específica del país contra los deepfakes sexuales, aunque todavía deberá observarse su aplicación y su articulación con las competencias penales nacionales.